miércoles, 19 de noviembre de 2008

El Finiquito

Mediante el Recibo de Saldo y Finiquito ( master rrhh ) se da por terminada la relación laboral y el trabajador afirma que su empresario le ha liquidado por cuantas obligaciones ser derivasen de la relación contractual.

Su valor esencial es el de documento probatorio de la extinción de las obligaciones del empleador respecto al trabajador.

Características del finiquito

  • La Ley de derechos de información de los representantes de los trabajadores en materia de contratación, faculta a los trabajadores para solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores (miembro del Comité de empresa o delegado de personal) en el momento de proceder a la firma. En este caso en el Recibo de Saldo y finiquito se hará constar dicha circunstancia tanto si el empleador accede a la presencia del representante legal como si se niega, es decir, si el empresario obstaculizase la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador tendrá derecho a hacerlo constar en el propio recibo a los efectos oportunos.
  • El finiquito tiene carácter liberatorio de todas las obligaciones contraídas con motivo de la relación laboral. No obstante, el trabajador no puede renunciar a derechos reconocidos legalmente o por convenio colectivo, antes o después de su adquisición. Esto significa que no todas las obligaciones quedan liberadas con la firma del finiquito. Sin embargo si el derecho nace de la voluntad de las partes contratantes, el consentimiento prestado con la firma de finiquito es suficiente para condonar la deuda contraída.
  • A pesar de haber manifestado su voluntad en la firma del finiquito, en el caso de que el trabajador pruebe que firmó el finiquito pensando que la deuda ya se había satisfecho o bien ignorando que tenía derecho a determinada retribución, la firma de dicho documento no liberará al empresario.
  • Cuando se pretenda eliminar los efectos liberatorios del finiquito por la existencia de vicios de consentimiento, hay que acreditarlos.
  • Este sería el caso de quien alegue haber firmado el documento sin leerlo, ignorando su contenido, o el firmado mediante coacción o amenaza, dentro de este último caso estaría el finiquito firmado antes del inicio de la relación laboral, o el trabajador obligado a firmar un finiquito en blanco, haya o no terminado la relación laboral, ambos supuestos, si son probados, constituyen un delito contra los derechos de los trabajadores.
  • No tiene eficacia el finiquito en el que se alega causa inapropiada para la extinción del vínculo laboral ( diploma recursos humanos ).
Ejemplo: El finiquito que se basa en una en una causa de temporalidad del contrato que posteriormente deviene NULA, o cuando la causa del despido es la no superación del período de prueba cuando dicho período no se ha pactado.

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